Es un hecho innegable que Internet lleva, desde su creación, haciendo la vida más cómoda a sus usuarios, y cada año que pasa, se implementan nuevas tecnologías que facilitan cada vez más el modo en el que concebimos nuestra vida y la gestión de su “rutina”.
Tanto así, que en los últimos años Internet se ha ido concibiendo por sus numerosos usuarios como una herramienta, cada vez mayor, de transmisión e intercambio de todo tipo de información así como medio en el que se efectúa de forma creciente la compraventa de todo tipo de productos.
No obstante lo anterior, y pese a la generalización que acabamos de hacer sobre la venta de productos en internet, es importante tener en cuenta que la venta on-line de determinados productos se verá limitada por la legislación nacional que se encargue de velar por la protección del ciudadano ante productos que, por su naturaleza, pueden poner en riesgo la vida y la salud de sus consumidores o usuarios.
Dentro de esta categoría de productos, cuya venta por internet queda limitada por regulación jurídica especial, nos encontramos con los productos médicos veterinarios; extremo sobre el cual basaremos el presente artículo.
¿Es legal comprar medicamentos veterinarios por internet?
Para dar una respuesta fundamentada a la siguiente cuestión, deberemos analizar con detenimiento la legislación aplicable en la referida materia; siendo esta:
– Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios. (BOE núm. 177, de 25 de julio de 2015).
– Real Decreto 544/2016, de 25 de noviembre, por el que se regula la venta a distancia al público de medicamentos veterinarios no sujetos a prescripción veterinaria. (BOE núm. 300, 13 de diciembre de 2016).
Lo cierto es que hasta hace muy poco tiempo, no estaba permitida la venta de medicamentos veterinarios a distancia (o on-line), independientemente de sus características o naturaleza. Sin embargo, y acogiéndonos a la normativa antes detallada, actualmente sí que se permite llevar a cabo la venta de productos veterinarios a distancia o on-line, existiendo sin embargo, y como no podía ser de otro modo, determinadas restricciones; el objetivo de estas restricciones es claro, patente y lógico: velar por la salud de los animales que vayan a consumir esos productos, y evitar engaños y estafas que se puedan llevar a cabo por medio de plataformas fraudulentas.
En primer lugar, deberemos distinguir entre los medicamentes sujetos a prescripción médica y los que no quedan sujetos a dicha prescripción, pues de conformidad con el Texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, sólo estos últimos serán aptos para ser vendidos a distancia o por medios telemáticos (venta on-line), debido a su naturaleza.
En segundo lugar, deberemos diferenciar el tipo de establecimiento que actúe en calidad de proveedor del producto, pues la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios limita la venta de productos veterinarios on-line únicamente a las oficinas de farmacia y a los establecimientos comerciales detallistas.
Sin embargo, será importante tener en cuenta ciertos requisitos y restricciones a los que hace mención la normativa para poder llevar a cabo una venta completamente legal y ajustada a los preceptos legales que, a continuación, transcribiremos (debemos recordar que hablamos, en todo momento, medicamentos veterinarios no sujetos a prescripción veterinaria):
– La venta a distancia (incluido a través de Internet) de medicamentos veterinarios no sujetos a prescripción veterinaria únicamente la pueden realizar farmacias y los establecimientos comerciales detallistas abiertos al público, legalmente autorizados y que figuren en el listado publicado por la comunidad autónoma correspondiente pudiendo acceder a él a través del link de la página del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.
– La venta debe ser directa desde la farmacia o el establecimiento comercial detallista, con intervención de un farmacéutico responsable de la dispensación y sin intermediarios.
– La actuación profesional del farmacéutico es requisito inexcusable para la dispensación al público de medicamentos veterinarios también a través de sitios web.
– No se podrán realizar regalos, premios, obsequios, concursos, bonificaciones como medios vinculados a la promoción o venta al público de medicamentos mediante sitios web.
– Los pedidos de dispensación de los medicamentos veterinarios no sujetos a prescripción veterinaria mediante venta a distancia, se realizarán directamente a la oficina de farmacia o establecimiento comercial detallista, a través del sitio web de los mismos o por correspondencia. Para ser válido, el pedido deberá incluir los siguientes datos de contacto del comprador: nombre y apellidos, teléfono, correo electrónico y dirección postal; para permitir al farmacéutico ponerse en contacto con el comprador si lo considerase oportuno.
– El farmacéutico deberá valorar la pertinencia o no de la dispensación, especialmente ante solicitudes de cantidades que excedan las empleadas en los tratamientos habituales, peticiones frecuentes o reiteradas, que indiquen la posibilidad de que se realice un mal uso o abuso de los medicamentos objeto de venta.
– El transporte y entrega de los medicamentos veterinarios desde la oficina de farmacia o establecimiento comercial detallista hasta el domicilio indicado por el comprador será responsabilidad de la oficina de farmacia o del establecimiento comercial detallista.
– La oficina de farmacia o establecimiento comercial detallista no podrá aceptar devoluciones de los medicamentos veterinarios una vez hayan sido dispensados y entregados al comprador, salvo de aquéllos que hayan sido suministrados por error, no se correspondan con el pedido, hayan sido dañados durante el transporte, exista sobre ellos una alerta por defectos de calidad o por razones de farmacovigilancia veterinaria, o cuando sea precisa la retirada de los mismos.
– Cuando el destinatario se encuentre en otro Estado miembro, la venta a distancia solo podrá realizarse si el medicamento se encuentra autorizado en el Estado miembro de destino y respetando lo establecido al respecto de la venta a distancia en ese Estado y en la presente norma.
Medicamentos con limitaciones
Por parte de la AEMPS (Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios) no se ha establecido, por el momento, ninguna limitación de medicamentos veterinarios no sujetos a prescripción veterinaria que se venden a través de sitios web.
Sin embargo, ello no impide que en el futuro se pueda limitar la venta de aquellos medicamentos veterinarios los cuales, debido a su naturaleza, se les pueda dar un potencial uso incorrecto (por razones de desabastecimiento o por razones de salud pública), según lo establecido en el artículo 7 Real Decreto 544/2016, de 25 de noviembre, por el que se regula la venta a distancia al público de medicamentos veterinarios no sujetos a prescripción veterinaria.
¿Cómo podemos identificar la licitud de la venta online de medicamentos veterinarios?
En conclusión, es fundamental que toda venta de medicamentos se haga con la intervención directa de un especialista, el cual, además, podrá solicitarle información adicional que considere relevante para el tratamiento que se desee llevar a cabo. Además, y teniendo en cuenta que nos encontraremos ante un especialista, el comprador podrá asegurarse de que recibirá toda la información necesaria sobre el uso del medicamento.
Será importante que la venta de este tipo de productos sea siempre directa y sin intermediarios, asegurando asimismo el correcto transporte de los medicamentos, y garantizando la inalterabilidad de estos.
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