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inmobiliario
en Barcelona

Abogados especialistas en derecho inmobiliario en Barcelona: compraventa de inmuebles, alquileres, desahucios, vicios ocultos y conflictos entre vecinos. Ofrecemos asesoramiento legal antes de firmar y, si el problema ya está encima, llevamos tu defensa hasta el juzgado con el mismo abogado de principio a fin.
José Ramón Gil y Patricia de la Fuente, abogados de derecho inmobiliario en Barcelona
4,4
de 5
Valoración en Google
Ejerciendo desde 1994
Colegiados en el ICAB

¿En qué situación estás?

Elige la que más se parece a la tuya. Te contamos qué suele haber detrás, los riesgos y qué haríamos nosotros.

Asesoramiento legal en la compraventa

Lo que se firma antes de la escritura ya obliga, aunque la escritura llegue meses después. Antes de pagar la señal conviene un estudio de la titularidad: si el piso tiene cargas, deudas de gastos comunes, obras sin licencia o una hipoteca pendiente, y qué pasa si el banco no concede la financiación.

Qué hacemos

  • Pedimos la nota simple y revisamos cargas, licencias, deudas y documentación
  • Redactamos o revisamos el contrato previo y sus cláusulas
  • Te acompañamos en todo el proceso hasta la firma ante el notario

Vicios ocultos en la vivienda

Humedades que aparecen con la primera lluvia, una instalación que no cumple, grietas tapadas con pintura. Si el defecto ya existía al comprar, no se veía y hace el piso menos útil, se puede reclamar al vendedor. En obra nueva, además, responden el promotor y los técnicos. Los plazos son cortos.

Qué hacemos

  • Encargamos a arquitectos un informe pericial que acredite el defecto
  • Reclamamos al vendedor o al promotor por burofax
  • Pedimos la reparación, una rebaja o la resolución en el juzgado

Recuperar tu vivienda

Rentas que no llegan, un contrato que ha terminado y el inquilino sigue dentro, alguien que vive en el piso sin título. Cada caso tiene su procedimiento, y en Barcelona el juzgado puede pedir información sobre la situación de vulnerabilidad del ocupante antes de fijar el lanzamiento.

Qué hacemos

  • Enviamos el requerimiento de pago por burofax
  • Presentamos la demanda y la reclamación de rentas
  • Seguimos el procedimiento hasta que recuperas las llaves

Cuando eres el inquilino

La fianza que no se devuelve, obras que el propietario no hace, una subida de renta que no encaja con el contrato o con la normativa de zonas tensionadas, o un propietario que quiere que te vayas antes de tiempo. La ley de arrendamientos urbanos reconoce al inquilino de vivienda derechos que muchos contratos no dicen.

Qué hacemos

  • Revisamos el contrato de alquiler y los derechos del arrendatario según la ley
  • Reclamamos la devolución de la fianza o las reparaciones al propietario
  • Asumimos tu defensa si te demandan

Conflictos con la comunidad de propietarios

Un acuerdo de la junta que te perjudica, un vecino con obras que afectan a elementos comunes, ruidos, filtraciones o un propietario que no paga las cuotas. En Cataluña la propiedad horizontal se regula en el Libro V del Código Civil catalán, con plazos breves para impugnar los acuerdos, y muchas veces hay soluciones antes de llegar al juzgado.

Qué hacemos

  • Estudiamos el acta, los estatutos y el plazo para actuar
  • Impugnamos el acuerdo o negociamos con la junta
  • Reclamamos las cuotas impagadas por el procedimiento monitorio

Locales de negocio e inversión en inmuebles

El alquiler de un local no se rige por las mismas reglas que el de una vivienda: casi todo se pacta en el contrato, desde la duración hasta las obras y el traspaso. En el ámbito de la inversión, lo importante es saber con seguridad jurídica qué se compra de verdad antes de firmar: situación registral, urbanística y contratos en vigor.

Qué hacemos

  • Negociamos y redactamos contratos de arrendamiento de local
  • Hacemos la due diligence del inmueble o de la cartera de activos y valoramos los riesgos
  • Estructuramos las transacciones de compra, permuta o venta, con sus aspectos fiscales
Antes de firmar

Asesoramiento en el contrato de arras

Es el documento que fija la compraventa antes de la escritura. Una cláusula mal escrita puede hacer perder la señal o dejar al comprador atado a un piso con problemas. Como abogados, estos son los aspectos de la revisión que miramos primero para darte seguridad jurídica.
Contrato previo a la escritura · borrador
Señal. El comprador entrega una cantidad en concepto de arras.
¿De qué tipo?En Cataluña, si no se dice otra cosa, se entienden a cuenta del precio. Para poder desistir hay que pactar expresamente arras penitenciales.
Escritura. Se otorgará antes del 30 de marzo.
Sin condiciónSi el comprador necesita hipoteca y no se prevé qué pasa si el banco la deniega, puede perder la señal.
Cargas. La vivienda se vende libre de cargas.
CompruébaloHace falta una nota simple reciente y el certificado de deudas de la comunidad de propietarios. La palabra del vendedor no basta.
Estado. Se vende en el estado en que se encuentra.
Vicios ocultosEsta frase no protege al vendedor que conocía un defecto y lo calló. Conviene describir el estado real y pactar una garantía.
Ejemplo ilustrativo. Cada contrato se revisa según la operación.

Abogados especialistas en derecho inmobiliario en Barcelona

Somos un despacho de abogados con más de 30 años de experiencia en el sector inmobiliario y en todas las áreas del derecho inmobiliario en Barcelona. Aquí las operaciones sobre bienes inmuebles se rigen por el derecho catalán, el Código Civil de Cataluña, que tiene reglas propias sobre la señal, la compraventa y la propiedad horizontal, además de la ley de arrendamientos urbanos y la normativa de vivienda. Ofrecemos servicios de asesoramiento y gestión a particulares, propietarios, empresas e inversores: el análisis previo de cada operación, la redacción de los contratos y, si hace falta, la defensa de tus intereses en los litigios.
José Ramón Gil, abogado inmobiliario en Barcelona

Contratos de compraventa de vivienda y de locales: revisión de la nota simple, cargas y licencias, documento de reserva, negociación con el vendedor o el comprador y acompañamiento en la firma ante el notario.

Reclamación de daños al vendedor por vicios ocultos y, en obra nueva, al promotor, al constructor y a los técnicos por defectos constructivos según la ley de ordenación de la edificación.

Contratos de alquiler y obligaciones de propietarios e inquilinos, prórrogas, actualización de la renta, fianza, obras y resolución del contrato.

Desahucio por impago de rentas, por fin del contrato y por precario, junto con la reclamación de las rentas debidas y la ejecución del lanzamiento.

Asesoría a comunidades de propietarios y a vecinos: impugnación de acuerdos de la junta, obras en elementos comunes, molestias y filtraciones entre vecinos, estatutos y reclamación de cuotas a morosos.

Arrendamiento para uso distinto de vivienda, con su propio régimen, traspaso y cesión, obras de adecuación, renegociación y salida anticipada del local.

Asesoría a inversores y empresas del sector: due diligence registral, urbanística y contractual de los inmuebles, compraventa de edificios y carteras, promoción inmobiliaria, permutas y operaciones de inversores nacionales y extranjeros.

Trámites e inscripciones en el Registro de la Propiedad, división de bienes en común y extinción de condominio tras herencias o divorcios, préstamos hipotecarios y ejecuciones hipotecarias.
¿Prefieres contarlo por teléfono?
Lunes a jueves de 9 a 19 h · Viernes de 9 a 14 h
Tres tipos de señal

Arras confirmatorias, penitenciales o penales

El nombre que se pone en el contrato decide qué pasa si una de las partes se echa atrás. En Cataluña, si no se especifica, se presume que son a cuenta del precio.
Confirmatorias
Penitenciales
Penales
Para qué sirven
Confirman la venta y son parte del precio
Permiten desistir de la compraventa
Castigan el incumplimiento
Si el comprador se echa atrás
Se le puede exigir el cumplimiento o una indemnización
Pierde la señal
Pierde la señal y se le puede exigir el cumplimiento
Si el vendedor se echa atrás
Se le puede exigir el cumplimiento o una indemnización
Devuelve la señal por duplicado
Devuelve el doble y se le puede exigir el cumplimiento
En Cataluña
Es la regla si no se dice nada
Hay que pactarlas de forma expresa
Hay que pactarlas de forma expresa
4,4
de 5
Valoración media en Google
★★★★★
«A destacar a Patricia, siempre atenta, pendiente y resolutiva.»
Cris R. · Google
★★★★★
«Molt bon servei, atenció i tracte personalitzat.»
Jaume R. · Google
★★★★★
«Buen trato y muy profesionales.»
Joan V. · Google

Nuestro equipo de abogados inmobiliarios

Las operaciones inmobiliarias del despacho las lleva José Ramón Gil, abogado experto en derecho inmobiliario, y los conflictos que acaban en el juzgado, Patricia de la Fuente. Un equipo experto en la materia y en la resolución de conflictos, que busca soluciones antes que pleitos. Cada cliente trabaja con el mismo abogado y el apoyo del equipo de principio a fin, con compromiso y conocimiento de su operación, sin tener que volver a contársela.
José Ramón Gil, abogado inmobiliario en Barcelona
Inmobiliario y empresa

José Ramón Gil

Socio fundador, abogado en ejercicio desde 1994. Derecho inmobiliario y mercantil: compraventas, arrendamientos de locales, inversión y due diligence de operaciones complejas.
Patricia de la Fuente, abogada en Barcelona

Patricia de la Fuente

Colegiada en el ICAB desde 2008. Derecho civil y procesal: representación en juicio en arrendamientos, vicios ocultos y comunidades de propietarios.
Joan Durall, abogado en Barcelona

Joan Durall

Colegiado en el ICAB desde 2021.

¿Te ha llegado una demanda o vence un plazo?

Si te han notificado una demanda de desahucio o una reclamación de cuotas, el plazo para responder es corto y conviene que un abogado la revise cuanto antes. Y si la escritura está a punto de vencer o la otra parte quiere quedarse con la señal, hay que moverse antes de esa fecha. Llama hoy y lo vemos en el momento.
  • Demanda judicial recibida
  • Burofax que da por resuelta la compraventa
  • Fecha de la escritura sin financiación
  • Acuerdo de la junta que quieres impugnar
  • Defectos que aparecen después de comprar

Preguntas frecuentes sobre derecho inmobiliario

¿No está tu duda? Contáctanos
Son las que dan a cualquiera de las dos partes el derecho a echarse atrás de la compraventa: si desiste el comprador, pierde la señal, y si desiste el vendedor, la devuelve por duplicado. En Cataluña tienen que pactarse de forma expresa en el contrato; si no, se entiende que la cantidad entregada es a cuenta del precio.
Una nota simple reciente del Registro de la Propiedad, las cargas y la hipoteca pendiente, el certificado de estar al corriente de los gastos comunes, la cédula de habitabilidad, el certificado energético y si hay obras sin licencia. También quién paga cada impuesto de la operación. Es parte de los servicios de revisión que hacemos antes de cada compra.
Cuando el defecto existía al comprar, no se podía ver con una revisión normal y es lo bastante grave para hacer la vivienda menos útil. Los plazos son cortos y dependen de si se compró a un particular o a un promotor, así que conviene consultar con un abogado especializado en derecho inmobiliario en cuanto aparece el problema.
Depende del tipo de procedimiento, de si el inquilino se opone, de la carga del juzgado y de si hay una situación de vulnerabilidad que obligue a avisar a los servicios sociales. Un impago sin oposición se resuelve antes que uno con juicio.
En un alquiler de vivienda, el inquilino tiene derecho a desistir cuando han pasado seis meses avisando con treinta días de antelación. El contrato puede prever una indemnización para el propietario. En un local de negocio se aplica lo que se haya pactado.
El Libro V del Código Civil de Cataluña fija plazos breves que se cuentan desde que se adopta el acuerdo o desde que se notifica a quien no asistió a la junta. Hay que tener el acta y actuar cuanto antes.

Consulta con un abogado inmobiliario en Barcelona

Ponte en contacto con nosotros: dinos qué operación tienes entre manos o qué problema ha surgido. Uno de nuestros especialistas en derecho inmobiliario te llama, te explicamos las opciones y el proceso antes de tomar ninguna decisión, con la tranquilidad de saber quién lleva tu asunto. Si prefieres verlo en persona, te damos cita en el despacho.
Teléfono
934 14 67 76
Despacho
Carrer de Muntaner, 292, 4.º 2.ª · 08021 Barcelona

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